Aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 26 de septiembre y publicada en el Registro Oficial el 1 de octubre, la llamada Ley de Fortalecimiento Crediticio buscaba, según el Gobierno, modernizar la gestión del Biess y garantizar su sostenibilidad. Pero en la práctica, la norma ha desatado una ola de críticas por el alcance de las reformas y por la manera en que se aprobó: bajo el procedimiento de urgencia económica, sin un debate profundo ni participación ciudadana.
El texto permite que el Banco del IESS (Biess) pueda realizar operaciones financieras más amplias, incluyendo reportos y créditos con entidades nacionales o extranjeras, usando parte de su portafolio como garantía. También autoriza la venta de cartera vencida, un mecanismo que muchos especialistas consideran riesgoso, ya que podría generar pérdidas patrimoniales si los activos se venden con descuento.
Otro punto sensible es la modificación en el proceso de designación del vocal del Ejecutivo dentro del Consejo Directivo del IESS. Desde ahora, será el Presidente de la República quien podrá nombrarlo directamente mediante decreto, lo que a ojos de los críticos representa una intromisión del poder político en la administración del seguro social. Además, la norma cambia el sistema de financiamiento para las elecciones de los otros vocales, lo que podría limitar su autonomía operativa.
Las dos primeras demandas ingresaron el 6 de octubre ante la Corte Constitucional. Una fue presentada por la Fundación Inredh, que cuestiona los artículos que otorgan nuevas facultades al Biess, y la otra por la abogada Patricia Borja, afiliada activa del IESS, quien considera que la ley tiene vicios tanto de forma como de fondo. Ambos recursos piden que se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos impugnados mientras se estudia su constitucionalidad.
A estas demandas se suman las que preparan el Frente Nacional de Defensa del IESS, la Confederación Nacional de Jubilados y Pensionistas y otras organizaciones de afiliados. Ellos advierten que esta ley podría abrir la puerta a la intervención de los fondos previsionales, algo expresamente prohibido por la Constitución. También señalan que el Biess no necesita endeudarse y que sus inversiones deben protegerse de cualquier exposición a riesgos financieros o políticos.
El carácter de “urgencia económica” con el que se tramitó el proyecto es otro punto en disputa. Para varios juristas, el Ejecutivo no justificó adecuadamente por qué era necesario reducir los tiempos de discusión, lo que podría constituir un vicio procedimental. De hecho, en los últimos años la Corte Constitucional ya ha anulado otras leyes tramitadas bajo el mismo mecanismo por no cumplir con los requisitos de urgencia real.
En el plano financiero, el Biess mantiene una fuerte exposición a bonos del Estado, con más de 13 000 millones de dólares invertidos en estos instrumentos. Para los analistas, abrir espacio para endeudarse o vender cartera sin controles claros podría agravar los riesgos de liquidez y generar un precedente peligroso para el sistema de seguridad social. Además, la falta de transparencia sobre el destino que tendrían los nuevos recursos es una preocupación compartida entre economistas y jubilados.
Ahora, el desenlace está en manos de la Corte Constitucional, que deberá decidir si admite las demandas y si suspende de manera temporal los artículos cuestionados. De hacerlo, la ley quedaría parcialmente congelada hasta que se emita un fallo definitivo. Si, en cambio, la Corte rechaza las acciones, el Gobierno podría avanzar en la implementación de las nuevas facultades del Biess, aunque bajo una vigilancia pública intensa.
En cualquier escenario, el conflicto marca un momento clave para el sistema previsional ecuatoriano. Lo que se decida en las próximas semanas no solo determinará el futuro de la ley, sino también la confianza de los afiliados en la gestión del IESS y en la estabilidad de sus ahorros. Ecuador se juega más que una reforma: se juega la credibilidad de su seguridad social.